Recibió una Carta de USCIS o del DOJ sobre Investigación de Desnaturalización: ¿Qué Debe Hacer Ahora?

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17 de julio de 2026

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Recibió una Carta de USCIS o del DOJ sobre Investigación de Desnaturalización: ¿Qué Debe Hacer Ahora?

Confirme qué tipo de aviso es, marque cualquier plazo que imponga, y hable con un abogado antes de responderle a alguien.

Una respuesta práctica y paso a paso sobre qué significa ese aviso, y qué hacer en los días posteriores a recibirlo.

Las remisiones por desnaturalización ya no son un hecho aislado. Desde junio de 2025, la División Civil del Departamento de Justicia instruyó a sus fiscales a perseguir la desnaturalización en todo caso que la evidencia respalde.

Actualizado 17 de julio de 2026 · GWP Law · Las Vegas, NV

EL CONTEXTO

¿Qué Tipo de Carta Recibió Realmente?

Probablemente es una solicitud de evidencia de USCIS, una demanda civil del DOJ, o, rara vez, una carta de objetivo penal.

USCIS no puede revocarle la ciudadanía por sí sola. Solo puede investigar su expediente de naturalización y remitir el caso al Departamento de Justicia, según lo establece el USCIS Policy Manual, Volumen 12, Parte L, Capítulo 1.

A partir de ahí, el caso se convierte en una de dos cosas: una demanda civil presentada por un fiscal federal en un tribunal de distrito bajo 8 U.S.C. § 1451(a), o, con mucha menos frecuencia, un proceso penal bajo 18 U.S.C. § 1425.

La carta que tiene en sus manos le indica en qué etapa está. Un aviso o solicitud de evidencia de USCIS significa que su expediente sigue en revisión de la agencia, antes de cualquier remisión.

Una citación y demanda civil significa que el DOJ ya presentó la demanda, y que un plazo ya está corriendo.

Estas revisiones suelen originarse en una auditoría rutinaria de expediente, una discrepancia biométrica o de huellas detectada mediante programas como Operación Janus, un aviso de otra agencia, o una inconsistencia detectada en un trámite distinto, como la renovación de un pasaporte o una petición familiar.

Desde febrero de 2020, el DOJ cuenta con una sección dedicada exclusivamente a casos de desnaturalización. El 11 de junio de 2025, la dirección de la División Civil fue más allá, instruyendo a su personal a «priorizar y perseguir al máximo los procesos de desnaturalización en todos los casos que la ley permita y la evidencia respalde.»

Ese memo de junio de 2025 enumera diez categorías de casos prioritarios. Van desde amenazas a la seguridad nacional y crímenes de guerra hasta delitos de fraude muy alejados de los casos extremos que suelen aparecer en las noticias.

Las dos causas legales que pueden poner el expediente de una persona naturalizada bajo este tipo de revisión — la obtención indebida y la tergiversación deliberada — están explicadas en nuestra guía anterior sobre las razones por las que podría perder su ciudadanía americana. Este artículo retoma justo donde quedó aquel: qué hacer una vez que la carta ya está en sus manos.

Responder Sin un Plan
Responder Con una Estrategia de Defensa
Dejar pasar el plazo de respuesta en un caso civil
Registrar el plazo el mismo día que llega el aviso
Responder preguntas o firmar declaraciones sin abogado
Canalizar todo contacto con USCIS o el DOJ a través de su abogado
Asumir que un error antiguo no puede usarse en su contra
Evaluar cada hecho en cuestión bajo el estándar de materialidad

Fuente: 8 U.S.C. § 1451(b); Maslenjak v. United States, 582 U.S. 335 (2017).

UN CASO REAL

Un Aviso Que No Era lo Que Parecía

Una mujer me llamó después de que le llegara una carta de USCIS haciendo referencia a su expediente de naturalización de años atrás.

Ya había empezado a redactar una respuesta por su cuenta, preocupada de que el silencio pareciera admitir culpa.

Revisé la carta primero. Era una solicitud de evidencia, no una demanda civil — ningún plazo de respuesta había comenzado, y el DOJ aún no estaba involucrado.

Solicité su expediente completo antes de responder cualquier cosa, y confirmé exactamente qué requisito de naturalización creía USCIS que estaba en juego.

Su expediente se cerró a nivel de la agencia meses después, sin remisión al DOJ.

Qué Hacer en los Primeros 30 Días

Identifique exactamente qué recibió: una solicitud de evidencia o aviso de entrevista de USCIS, o una citación y demanda civil del DOJ. Cada una activa un plazo distinto.
Si es una solicitud de evidencia o un aviso de intención de denegar de USCIS, marque la fecha de respuesta indicada en el propio aviso. Según 8 CFR § 103.2(b), USCIS no puede otorgar más de doce semanas para una RFE ni más de treinta días para un aviso de intención de denegar, y no existe prórroga.
Si es una demanda civil, marque de inmediato la fecha de respuesta. Según 8 U.S.C. § 1451(b), tiene sesenta días de aviso personal para responder, salvo que renuncie a ese plazo.
No firme, corrija ni modifique nada de su expediente por su cuenta, y no contacte a USCIS ni al DOJ directamente antes de hablar con un abogado.
Solicite su expediente completo (A-file) mediante una solicitud FOIA, para que usted y su abogado vean exactamente qué tiene el gobierno en su registro.
Conserve todo documento relacionado con su solicitud original. No descarte ni altere nada, aunque parezca desfavorable a primera vista.
Contrate un abogado de inmediato. En los casos civiles de desnaturalización no existe el derecho a un abogado designado por el gobierno, a diferencia de los procesos penales bajo 18 U.S.C. § 1425.
Si la carta es una «carta de objetivo» informal que invita a una entrevista o proffer antes de cargos penales, trátela como una solicitud que no debe responder sin un abogado presente.

Fuente: 8 CFR § 103.2(b); 8 U.S.C. § 1451(a)-(b); 18 U.S.C. § 1425.

EL CAMINO A SEGUIR

¿Qué Pasa Después de que Usted Responde?

El caso avanza bajo la alta carga de prueba del gobierno, civil o penal, con defensas reales disponibles.

Un caso civil no tiene plazo de prescripción. El DOJ puede presentar la demanda décadas después de la naturalización, y bajo 8 CFR Parte 340 el gobierno todavía debe probar su caso con evidencia clara, convincente e inequívoca.

Un caso penal bajo 18 U.S.C. § 1425 tiene un plazo de prescripción de diez años contado desde la fecha del delito, establecido por 18 U.S.C. § 3291, y el gobierno debe probar su caso más allá de toda duda razonable.

De cualquier forma, la decisión de la Corte Suprema en Maslenjak v. United States acotó qué cuenta como una mentira descalificante: una declaración falsa debe haber influido realmente en la decisión de naturalización, no simplemente haber ocurrido en algún punto del proceso.

Si finalmente se revoca la ciudadanía, usted regresa a su estatus migratorio anterior a partir de la fecha original de naturalización, lo que puede derivar directamente en un proceso de deportación — vea nuestra página de representación en la corte de inmigración para entender esa etapa.

Si un cónyuge o hijo obtuvo la ciudadanía derivada a través de su naturalización, el efecto sobre ellos depende de la causa alegada. Una revocación por tergiversación deliberada se extiende automáticamente a ellos bajo 8 U.S.C. § 1451(d), mientras que una revocación por obtención indebida por sí sola generalmente requiere un proceso separado contra cada familiar.

Una respuesta completa y bien documentada, presentada a tiempo, suele ser lo que separa un caso que el DOJ reduce o cierra de uno que avanza a la etapa de descubrimiento de pruebas y juicio.

El estándar de materialidad, el plazo de sesenta días para responder, y la diferencia entre una carta de USCIS y una demanda del DOJ son las tres cosas que vale la pena confirmar antes de responderle a cualquiera.

Referencias

  1. USCIS Policy Manual, Volumen 12, Parte L, Capítulo 1 — Purpose and Background
  2. 8 CFR § 103.2(b) — Submission and Adjudication of Benefit Requests
  3. 8 U.S.C. § 1451 — Revocation of Naturalization
  4. 18 U.S.C. § 1425 — Procurement of Citizenship or Naturalization Unlawfully
  5. 18 U.S.C. § 3291 — Nationality, Citizenship and Passports (plazo de prescripción)
  6. 8 CFR Parte 340 — Revocation of Naturalization
  7. Maslenjak v. United States, 582 U.S. 335 (2017), opinión de la Corte Suprema
  8. Departamento de Justicia de EE. UU., Department of Justice Creates Section Dedicated to Denaturalization Cases (26 de febrero de 2020)
  9. AILA Doc. No. 25063012, DOJ Memorandum on Civil Division Enforcement Priorities (11 de junio de 2025)

¿Recibió una Carta? No la Responda Solo.

El plazo de su aviso ya está corriendo. Traiga su caso a una consulta confidencial antes de responderle a alguien.

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Este artículo es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Consulte a un abogado de inmigración calificado antes de tomar cualquier acción. · Última verificación: 17 de julio de 2026 · Revisado por: Kathia Quirós, Abogada de Inmigración · GWP Immigration Law

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