VAWA: Víctimas de violencia doméstica

La visa VAWA le permite a ciertos esposos, niños y padres de ciudadanos de Estados Unidos y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes solicitar una visa especial para víctimas de violencia doméstica.

Esta petición para sí mismos, se puede hacer sin el conocimiento del abusador. Esta visa es para hombres y mujeres por igual. Si usted es víctima de violencia domestica por favor busque ayuda. No es cierto que saldrá depotada si busca ayuda, no es cierto que le quitaran sus hijos, usted debe buscar la ayuda de las autoridades.

¿Cómo se Obtiene?

Se obtiene aplicando con la forma I-360. En mucha ocasiones la persona que obtiene la visa VAWA podrá pedir la residencia después de la aprobación de la I-360.

¿Cuáles son los Requisitos?
Requisitos de elegibilidad para un esposo/a:
  • Usted está casada con un abusador residente permanente o ciudadano de Estados Unidos.
  • Su cónyuge perdió o renunció a la ciudadanía o estatus de residente permanente dentro de los 2 años antes de llenar su petición debido a un incidente de violencia doméstica.
  • Usted creía que estaba casada legalmente con el abusador ciudadano americano o residente permanente, pero el matrimonio no era legítimo únicamente por la bigamia del cónyuge abusivo.
  • Usted sufrió o sufre de violencia doméstica a manos de su esposo(a). La violencia puede ser física o psicológica.
  • Usted se casó en buena fe, no solamente para obtener beneficios de inmigración.
  • Usted ha vivido con su cónyuge.
  • Usted es una persona de buen carácter moral.
Requisitos de elegibilidad para un niño:
  • Usted es el hijo o hijastro de un abusador residente permanente o ciudadano de los Estados Unidos.
  • Usted es el hijo de un abusador residente permanente o ciudadano de los E.E.U.U. que perdieron ciudadanía o estatus legal de residente permanente debido a un incidente de violencia doméstica.
  • Usted ha sido víctima de violencia doméstica a manos de su padre o padrastro ciudadano americano o residente legal de los Estados Unidos.
  • Usted vive o ha vivido con este padre abusivo.
  • Usted es una persona de buen carácter moral; un niño de menos de 14 años de edad se presume que es una persona de buen carácter moral.
Requisitos de elegibilidad para los padres:
  • Usted es el padre de un ciudadano de los Estados Unidos mayor de 21 años de edad. Si el o la hija falleció, el aplicante deberá presentar la aplicación antes del segundo aniversario del fallecimiento del hijo(a).
  • Usted ha sufrido la violencia doméstica o crueldad extrema a manos de su hijo ciudadano de los Estados Unidos.
  • Usted vivió con el hijo abusador.
  • Usted es una persona de buen carácter moral.
¿Cómo le podemos ayudar?

Dependiendo de su situación y de si cumple con todos los requisitos, nuestra oficina le ayudará en cada paso del camino para que usted obtenga su visa y posteriormente su residencia de ser elegible para esta.

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