¿Puede un Titular de la Visa R-1 Pedir la Residencia Permanente Después?

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10 de septiembre de 2026

GWP IMMIGRATION LAW

Del Servicio Temporal a la Residencia Permanente

El estatus R-1 puede conducir a una green card mediante la categoría EB-4 de inmigrante especial religioso, pero el camino depende del rol del trabajador y de un atraso que dura más que la propia visa.

Desde septiembre de 2026, los tiempos de espera para esa green card superan de forma rutinaria el límite de cinco años de la propia visa R-1.

Actualizado el 10 de septiembre de 2026 · GWP Law · Las Vegas, NV

EL CONTEXTO

¿Puede un Trabajador R-1 Solicitar la Residencia Mientras Está en ese Estatus?

Sí — la R-1 es una visa de doble intención, por lo que buscar la residencia permanente no pone en riesgo por sí solo el estatus R-1.

A diferencia de la mayoría de las categorías de no inmigrante, un trabajador R-1 puede tener una petición de inmigrante aprobada, o pendiente, sin que eso se use en su contra al solicitar extender o mantener el estatus R-1.

El camino migratorio en sí pasa por la categoría de EB-4, la cuarta preferencia basada en empleo para inmigrantes especiales religiosos, que requiere que el empleador presente el Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial, a nombre del trabajador.

Para calificar, el trabajador generalmente necesita dos años de empleo religioso calificado completados inmediatamente antes de presentar la I-360 — el mismo tipo de trabajo que se explica en nuestro artículo relacionado, ¿Qué Es la Visa R-1 y Cómo Pueden los Trabajadores Religiosos Venir a Trabajar a una Iglesia u Organización en EE. UU.?

Una vez que USCIS aprueba la I-360, un trabajador que ya se encuentra en Estados Unidos con un estatus elegible para ajustar puede presentar el Formulario I-485 para hacerse residente permanente sin salir del país; un trabajador en el extranjero, en cambio, tramita la visa de inmigrante a través del Centro Nacional de Visas y una entrevista consular.

Ocupaciones Religiosas No Ministeriales
Ministros
La elegibilidad EB-4 depende de una disposición de «vencimiento» que el Congreso debe reautorizar periódicamente
La elegibilidad EB-4 es permanente y no requiere reautorización
Una falta de reautorización puede pausar la emisión de visas específicamente para este grupo
No se ve afectada por vencimientos de la disposición no ministerial
La extensión más reciente confirmada llega hasta el 30 de septiembre de 2026
No hay fecha de vencimiento que monitorear

Fuente: Congressional Research Service, Religious Worker Immigration: In Brief, R48829. La fecha de reautorización no ministerial cambia con cada ley de financiamiento — confirme el estatus vigente antes de basarse en ella.

UN CASO REAL

Dos Peticiones, Dos Calendarios Muy Distintos

Una congregación me pidió una vez evaluar opciones de residencia para su pastor ordenado y su coordinadora laica de misiones al mismo tiempo.

El camino del pastor fue directo: como ministro, su elegibilidad EB-4 no cargaba ningún riesgo de reautorización, así que presentamos la I-360 tan pronto alcanzó dos años de servicio calificado.

El rol de la coordinadora de misiones caía bajo la categoría de ocupación religiosa no ministerial, así que señalé la disposición de vencimiento como un factor a monitorear antes de basar el calendario en ella.

Construimos su plan de presentación en torno al atraso actual del boletín de visas y al calendario de reautorización, en lugar de asumir que la categoría permanecería abierta indefinidamente.

Ambas peticiones avanzaron, pero solo una de ellas cargaba esa capa adicional de riesgo de financiamiento federal.

Pasos de la R-1 hacia la Residencia Permanente Legal

Confirme que tiene, o pronto tendrá, dos años de empleo religioso calificado antes de que el empleador presente el Formulario I-360.
Si su rol es una vocación u ocupación religiosa en lugar de un puesto ministerial, confirme que la disposición no ministerial de EB-4 está actualmente reautorizada.
Dé seguimiento a su fecha de prioridad en la tabla de la Cuarta Preferencia Basada en Empleo del Boletín de Visas mensual.
Si se encuentra legalmente en EE. UU. cuando su fecha de prioridad esté vigente, presente el Formulario I-485; si está en el extranjero, prepárese para el trámite del Centro Nacional de Visas y el proceso consular.
Coordine el plazo de cinco años de su R-1 con este calendario — vea ¿Cuánto Dura la Visa R-1 y se Puede Renovar? para conocer las reglas de extensión y el cambio de 2026 para regresar tras alcanzar ese límite.

Una interrupción del estatus legal durante los dos años calificados no descalifica automáticamente en la etapa de la I-360, conforme a la decisión del Tercer Circuito en Shalom Pentecostal Church v. Acting Secretary, U.S. Department of Homeland Security — aunque los problemas de estatus todavía pueden complicar la posterior etapa de la I-485.

EL CAMINO A SEGUIR

Planificar en Torno al Atraso de EB-4

El obstáculo práctico para la mayoría de los trabajadores religiosos no es la elegibilidad — es el tiempo de espera.

El Boletín de Visas de septiembre de 2026 del Departamento de Estado de EE. UU. registra una Fecha de Acción Final del 15 de diciembre de 2022 para Trabajadores Religiosos bajo EB-4, para todos los países — una espera que ya supera el propio límite de cinco años de la visa R-1 para muchos trabajadores.

Un proyecto de ley bipartidista presentado en el Congreso, el Religious Workforce Protection Act (H.R. 2672 / S. 1298), permitiría a los trabajadores R-1 con una petición EB-4 aprobada extender su estatus R-1 hasta que haya disponible un número de visa, y eximiría del requisito de permanecer en el extranjero a quienes ya salieron tras alcanzar el límite de cinco años.

Ese proyecto de ley no se ha convertido en ley al momento de escribir esto, por lo que las organizaciones deben confirmar su estatus antes de basarse en él, y deben planificar en torno a las herramientas que ya existen hoy — las reglas de extensión vigentes y la regla de 2026 sobre el regreso tras cinco años, cubiertas en nuestros artículos relacionados sobre duración y renovación de la R-1 y, para organizaciones que patrocinan a más de un trabajador hacia esa misma meta, patrocinio de varios trabajadores R-1.

Referencias

  1. USCIS, Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial
  2. Departamento de Estado de EE. UU., Boletín de Visas de Septiembre de 2026
  3. Congressional Research Service, Religious Worker Immigration: In Brief, R48829
  4. Shalom Pentecostal Church v. Acting Secretary, U.S. Department of Homeland Security, 783 F.3d 156 (3d Cir. 2015)
  5. H.R. 2672, Religious Workforce Protection Act, 119th Congress

¿Está Evaluando su Estatus R-1 Frente a un Calendario de Residencia?

GWP Immigration Law traza el camino de EB-4 frente a su plazo R-1 para que su ministerio pueda planificar con años, no meses, de anticipación.

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Este artículo es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Consulte a un abogado de inmigración calificado antes de tomar cualquier medida. · Última verificación: 28 de agosto de 2026 · Revisado por: Kathia Quirós, Abogada de Inmigración · GWP Immigration Law

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