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24 de julio de 2026
GWP IMMIGRATION LAW
El Registro de Extranjeros Es Obligatorio de Nuevo Bajo una Ley de los Años 40
Aquí quién debe presentar el Formulario G-325R, quién ya está cubierto, y qué cuesta ignorarlo.
Desde abril de 2025, el DHS exige que la mayoría de los extranjeros no registrados de 14 años o más se registren ante USCIS, bajo riesgo de un delito menor federal. Una regla final de junio de 2026 dejó este requisito establecido de forma permanente.
Actualizado 24 de julio de 2026 · GWP Law · Las Vegas, NVEL CONTEXTO
Por Qué Volvió a Aplicarse el Registro de Extranjeros
Las secciones 262 a 266 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) exigen que la mayoría de los extranjeros se registren ante el gobierno federal desde la Ley de Registro de Extranjeros de 1940. Durante décadas, el DHS no la hizo cumplir.
Eso cambió después de la Orden Ejecutiva 14159, firmada el 20 de enero de 2025, que ordenó al DHS hacer cumplir la ley de registro contra todo extranjero no registrado en el país. El DHS respondió con un nuevo formulario para este fin, el Formulario G-325R, Información Biográfica (Registro), vigente desde el 11 de abril de 2025.
El 29 de junio de 2026, el DHS adoptó esa regla de forma definitiva, con cambios técnicos sobre qué documentos cuentan como registro. El requisito en sí no va a desaparecer.
¿Existe una Fecha Límite Fija para Registrarse?
No hay una fecha única: son 30 días desde la entrada, o ahora mismo si ya está sin registrar.
La ley establece un plazo individual, no colectivo. Quien entra a EE. UU. y permanece 30 días o más debe registrarse antes de que ese plazo se cumpla, y tomarse las huellas dactilares como parte del proceso.
Para quienes ya estaban en el país, sin registrarse, antes de que la regla entrara en vigor el 11 de abril de 2025, USCIS no ha publicado una fecha límite única a nivel nacional. En la práctica, el plazo de 30 días ya se cumplió, así que el registro se considera atrasado ahora mismo.
Quién Debe Presentar el Formulario G-325R
Por lo general debe presentar el Formulario G-325R si tiene 14 años o más, permanecerá (o ha permanecido) en EE. UU. 30 días o más, y nunca ha sido registrado ni le han tomado las huellas bajo ningún trámite migratorio anterior.
Un padre, madre o tutor legal debe registrar a un menor de 14 años a través de una cuenta individual en línea creada a nombre del menor, con prueba del parentesco (como un acta de nacimiento) o de la tutela legal (una orden judicial). Cuando ese menor cumple 14 años, la ley exige registrarse de nuevo y tomarse las huellas dentro de 30 días.
Quién Ya Cuenta Como Registrado
La mayoría de las personas que ya pasaron por algún trámite previo de USCIS o CBP ya se consideran registradas y no necesitan presentar el Formulario G-325R. Eso incluye a quien tenga:
USCIS publica en línea una Herramienta de Determinación del Requisito de Registro de Extranjeros para ayudar a confirmar la situación individual antes de presentar cualquier trámite.
Lo Que el Registro No Hace
El Formulario G-325R no otorga estatus legal, autorización de empleo, ni ninguna protección contra la deportación. Solo cumple un requisito de papeleo, nada más.
Tampoco tiene relación con los antiguos formularios G-325, G-325A y G-325B de información biográfica, que se usaban como anexos de solicitudes de beneficios; son formularios distintos, en gran parte descontinuados, sin relación con este deber de registro.
Actualmente no hay costo de presentación para el Formulario G-325R en sí, aunque el DHS ha propuesto una tarifa de $30 por servicios biométricos que sigue abierta a comentarios públicos junto con el resto de la regla final.
Presentar el formulario tampoco elimina el riesgo migratorio. Un análisis de Harvard Law Review ha planteado inquietudes de autoincriminación bajo la Quinta Enmienda, al registrar datos biográficos y de ubicación ante el mismo gobierno que puede usarlos en un caso de deportación.
Una vez aceptado el registro, USCIS pone a disposición un comprobante digital de registro, descargable desde la misma cuenta en línea usada para presentar el trámite. Guarde ese comprobante; es la prueba que necesitará después.
Fuente: 8 U.S.C. §1306 (ver Referencias).
Cuáles Son en Realidad las Sanciones
La propia ley de registro establece una multa de «hasta $1,000» y hasta seis meses de cárcel por no registrarse de forma intencional, y la misma exposición aplica al padre, madre o tutor que intencionalmente no registre a un menor.
No portar la prueba de registro al cumplir 18 años conlleva una multa estatutaria distinta y más pequeña, además de hasta 30 días de cárcel, por cada infracción.
Esas cifras exactas datan de 1952 y nunca se ajustaron por inflación en el propio texto de la ley. Por eso la mayoría de los análisis legales de 2025-2026 citan un máximo de $5,000: bajo la ley general de sentencias federales para delitos menores, un juez puede imponer lo que sea mayor entre el monto escrito en la ley específica y el tope de $5,000 que aplica a esta clase de delito menor.
En la práctica, eso hace de $5,000 el techo real para ambas infracciones, aunque el número impreso en la propia ley de registro sea menor.
Por separado, no reportar un cambio de dirección dentro de 10 días mediante el Formulario AR-11 se rige por una disposición distinta y conlleva su propio riesgo de deportación. Presentar el G-325R una sola vez no cumple con ese deber, que es continuo y separado.
UN CASO REAL
Un Residente Permanente Que No Necesitaba Presentar el Trámite
Un residente permanente de muchos años llamó a nuestra oficina en 2026, preocupado después de ver noticias sobre el requisito de registro.
Revisé su expediente y confirmé que su Tarjeta de Residente Permanente ya cumple con la ley de registro.
No hacía falta presentar el G-325R, y se lo dije por escrito para que tuviera algo que mostrar si la pregunta volvía a surgir.
El riesgo más grande que veo en este tipo de casos no es el formulario en sí. Es que la gente presente un trámite que no necesitaba, o que asuma que un trámite que sí necesitaba presentar la protege de algo más allá del deber de registro.
Qué Hacer Ahora
EL CAMINO A SEGUIR
Obtenga una Respuesta Antes de Presentar Cualquier Trámite
Esta regla premia la precisión, no la velocidad. Presentar un trámite que no necesitaba, o hacerlo sin entender lo que ese registro mostrará después, crea problemas que un formulario de cinco minutos no resuelve.
Nuestra oficina revisa primero el historial documentado de cada cliente, confirma su situación de exención cuando aplica, y solo entonces asesora sobre si debe registrarse y cómo hacerlo.
Referencias
- Regla Final del DHS, «Alien Registration Form and Evidence of Registration,» Federal Register, 29 de junio de 2026
- Regla Provisional Final del DHS, «Alien Registration Form and Evidence of Registration,» Federal Register, 12 de marzo de 2025
- Orden Ejecutiva 14159, «Protecting the American People Against Invasion,» Federal Register, 29 de enero de 2025
- USCIS, Requisito de Registro de Extranjeros (incluye la Herramienta de Determinación)
- USCIS, Formulario G-325R, Información Biográfica (Registro)
- USCIS, Formulario AR-11, Tarjeta de Cambio de Dirección de Extranjero
- 8 U.S.C. §1306, Sanciones
- 8 U.S.C. §1304(e), Posesión Personal de la Tarjeta de Registro
- 18 U.S.C. §3571, Sentencia de Multa
- Harvard Law Review, «The Immigrant Registration Requirement’s Self-Incrimination Problem,» junio de 2025
¿No está seguro si debe presentar el Formulario G-325R?
Obtenga una respuesta documentada antes de presentar cualquier trámite ante el DHS.
Agende una Consulta →Este artículo tiene fines meramente informativos y no constituye asesoría legal. Consulte a un abogado de inmigración calificado antes de tomar cualquier acción. · Última verificación: 24 de julio de 2026 · Revisado por: Kathia Quirós, Abogada de Inmigración · GWP Immigration Law


