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23 de julio de 2026
GWP IMMIGRATION LAW
¿Qué Pasa Si Me Desnaturalizan? La Ciudadanía De Su Familia No Está Automáticamente En Riesgo
En la mayoría de los casos por fraude, sí para los hijos — pero la naturalización propia del cónyuge casi nunca se ve afectada.
Las demandas civiles de desnaturalización pasaron de niveles históricos muy por debajo de una al mes a decenas presentadas solo en mayo y junio de 2026, tras un memo de aplicación del Departamento de Justicia de 2025. Para las familias que construyeron su estatus alrededor de la naturalización de una sola persona, el resultado para un hijo o cónyuge depende por completo de qué causal use el gobierno y de cómo ese familiar obtuvo su propio estatus.
Actualizado 23 de julio de 2026 · GWP Law · Las Vegas, NVEL CONTEXTO
Por Qué Esto Importa Ahora
La desnaturalización es un proceso judicial federal, no una decisión de USCIS. USCIS puede investigar y referir un caso, pero solo una corte federal de distrito — mediante una demanda civil o una condena penal — puede revocar realmente la ciudadanía.
El 11 de junio de 2025, la División Civil del DOJ instruyó a sus abogados a «priorizar y perseguir al máximo los procedimientos de desnaturalización en todos los casos permitidos por la ley», enumerando diez categorías de casos prioritarios en su memo de Prioridades de Aplicación de la División Civil. Ese memo se apoya en una Sección de Desnaturalización que el DOJ creó en 2020, dedicada específicamente a estos casos.
El resultado es medible. Según un reporte de TRAC de junio de 2026, el gobierno presentó 15 demandas civiles de desnaturalización en mayo de 2026 y 18 más en la primera mitad de junio de 2026, frente a un promedio histórico de menos de una al mes desde 2008.
Casi todas estas son demandas civiles bajo el 8 U.S.C. § 1451(a). Una condena penal bajo el 18 U.S.C. § 1425 funciona distinto: la corte que dicta la sentencia revoca automáticamente la naturalización como parte del mismo fallo, sin necesidad de una demanda civil separada.
La carga de la prueba del gobierno sigue siendo alta en todos los casos. La revocación civil requiere evidencia «clara, inequívoca y convincente», y una vez que se cumple esa carga, las cortes no tienen discreción para excusar la conducta, según el fallo de la Corte Suprema en Fedorenko v. United States, 449 U.S. 490 (1981).
La desnaturalización civil tampoco tiene un plazo fijo de presentación. El 8 U.S.C. § 1451(a) no establece ninguno, así que una naturalización de hace décadas todavía puede reabrirse hoy.
Fuente: 8 U.S.C. § 1451(d).
La mayoría de las personas asume que la «ciudadanía derivada» cubre tanto al cónyuge como a los hijos de un ciudadano naturalizado. Bajo la ley actual, casi nunca es así para el cónyuge.
Un hijo menor de 18 años que es residente permanente legal y vive con el padre o madre naturalizado adquiere la ciudadanía automáticamente, sin presentar nada, bajo la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000, codificada en el 8 U.S.C. § 1431. Esa adquisición automática es exactamente lo que alcanza el 8 U.S.C. § 1451(d) cuando se revoca la naturalización de un padre o madre.
Un cónyuge, en cambio, casi siempre se naturaliza mediante su propio Formulario N-400 después de tres años de residencia permanente basada en el matrimonio. Como esa ciudadanía fue otorgada de forma independiente, no es algo que «reclame a través de» la naturalización del otro cónyuge, y el 8 U.S.C. § 1451(d) no la alcanza automáticamente.
Conozca los servicios de ciudadanía de GWP para la parte de la solicitud de este mismo riesgo.
UN CASO REAL
Un Caso De Nuestro Despacho
Un padre llamó a nuestra oficina después de recibir una carta que hacía referencia a un arresto antiguo que no había incluido en su N-400 veinte años atrás.
Revisé su expediente y el registro del arresto. El cargo había sido desestimado, pero la pregunta del N-400 preguntaba por cualquier arresto, no solo por condenas.
Su esposa se había naturalizado por su cuenta cinco años después que él, con base en su matrimonio, así que su ciudadanía no dependía en nada del caso de él.
Su hijo adolescente, en cambio, había adquirido la ciudadanía automáticamente como menor que vivía con él al momento de naturalizarse, lo que significaba que el estatus del hijo estaba directamente ligado al resultado del caso del padre.
Me enfoqué en la materialidad: un arresto omitido y desestimado no descalifica automáticamente a nadie de la naturalización, así que la omisión tendría que haber ocultado algo que «previsiblemente habría revelado» un hecho descalificante real, según el estándar fijado en Maslenjak v. United States, 582 U.S. 335 (2017).
Respondimos al DOJ con la disposición del arresto y el historial limpio del padre antes de que se presentara cualquier demanda.
Qué Hacer Si Usted o un Familiar Es Contactado
EL CAMINO A SEGUIR
La Precisión Ahora Protege a Su Familia Después
La desnaturalización se persigue con mucha más fuerza en 2026 que en cualquier año desde que el DOJ comenzó a monitorearla, pero el estándar legal no ha cambiado. El gobierno todavía necesita evidencia clara, inequívoca y convincente, y un solo cargo desestimado o una omisión menor rara vez cumple ese estándar por sí solo.
Lo que cambió es el volumen de casos que se abren, lo que significa que se está revisando papeleo antiguo para familias completas, no solo para la persona que firmó el N-400.
Si sus hijos derivaron su ciudadanía a través de usted, o si no está seguro de que su propio expediente de naturalización esté completo, una revisión ahora cuesta mucho menos que una defensa después. A diferencia de quienes son ciudadanos por nacimiento, cuyo estatus no puede revocarse por esta vía, el naturalizado sigue expuesto años después por los detalles de su solicitud original.
Referencias
- 8 U.S.C. § 1451 — Revocación de la Naturalización, Cornell Legal Information Institute: law.cornell.edu/uscode/text/8/1451
- USCIS Policy Manual, Vol. 12, Part H, Cap. 4 — Adquisición Automática de Ciudadanía (Ley de Ciudadanía Infantil / INA 320): uscis.gov
- Departamento de Justicia de EE. UU., memo de Prioridades de Aplicación de la División Civil (11 de junio de 2025): justice.gov
- TRAC, «Denaturalization Lawsuits Jump in May and June 2026» (17 de junio de 2026): tracreports.org
- 18 U.S.C. § 1425 — Obtención Ilegal de la Ciudadanía o Naturalización
- 8 CFR Part 340 — Revocación de la Naturalización
- Fedorenko v. United States, 449 U.S. 490 (1981)
- Maslenjak v. United States, 582 U.S. 335 (2017)
- USCIS Policy Manual, Vol. 12, Part L, Cap. 1 — Propósito y Antecedentes
- Departamento de Justicia de EE. UU., comunicado sobre la creación de la Sección de Desnaturalización (26 de febrero de 2020)
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