Prohibición de Viaje a EE. UU. en 2026: ¿A Qué Países Afecta?

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5 de agosto de 2026

GWP IMMIGRATION LAW

Prohibición de Viaje de EE. UU. 2026: 39 Países, Sin Excepción para Cónyuges.

Un desglose país por país de las restricciones de viaje —el «travel ban»— vigentes a EE. UU. y a quién restringen exactamente.

Las restricciones de viaje de 2026, conocidas como el travel ban y establecidas en la Proclamación Presidencial 10998, suspenden total o parcialmente las visas para ciudadanos de 39 países y para titulares de documentos de viaje de la Autoridad Palestina. A diferencia del marco que reemplazó, esta restricción ya no contempla una excepción automática para cónyuges, hijos o padres de ciudadanos estadounidenses.

Actualizado el 5 de agosto de 2026 · GWP Law · Las Vegas, NV

EL CONTEXTO

Por Qué Esto Importa Ahora

Las restricciones de viaje actuales —el travel ban— no aparecieron de la noche a la mañana. La Proclamación Presidencial 10949 restringió por primera vez la entrada desde 19 países a partir del 9 de junio de 2025, y la Proclamación 10998, firmada el 16 de diciembre de 2025, reemplazó y amplió esas restricciones de viaje hasta la lista de 39 países vigente desde el 1 de enero de 2026.

Ambas órdenes se basan en la Sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, codificada en el 8 U.S.C. § 1182(f), que permite al Presidente suspender la entrada de cualquier clase de extranjeros cuya presencia considere perjudicial para los intereses de Estados Unidos.

La Corte Suprema confirmó esta misma amplia autoridad en Trump v. Hawaii, al dictaminar que la ley «irradia deferencia hacia el Presidente en cada una de sus cláusulas».

El Departamento de Estado señala la falta de cooperación en la verificación de identidad, las altas tasas de sobreestadía de visas y las preocupaciones por fraude consular como base declarada para incluir a cada país. La ubicación de un país en la lista total o en la lista parcial refleja qué tan grave considera el gobierno esa deficiencia, no una designación fija o permanente.

Una política separada que el Departamento de Estado anunció en julio de 2026 niega visas a personas responsables o cómplices de estafas cibernéticas y esquemas de sextorsión, sin requerir una condena penal, y puede extenderse a sus familiares directos.

LA LISTA COMPLETA

A Quién Restringe la Prohibición de Viaje, y Cuánto

La Proclamación 10998 divide a los 39 países en tres niveles, cada uno con un alcance distinto de suspensión, según lo publicado por el Departamento de Estado.

Suspensión Total — 19 Países Más los Documentos de Viaje de la Autoridad Palestina

  • Afganistán
  • Birmania (Myanmar)
  • Burkina Faso
  • Chad
  • República del Congo
  • Guinea Ecuatorial
  • Eritrea
  • Haití
  • Irán
  • Laos
  • Libia
  • Malí
  • Níger
  • Sierra Leona
  • Somalia
  • Sudán del Sur
  • Sudán
  • Siria
  • Yemen
  • Titulares de documentos de viaje emitidos por la Autoridad Palestina

Para estos ciudadanos se suspenden todas las categorías de visas de inmigrante y no inmigrante, sujeto únicamente a las excepciones limitadas que se explican más adelante en este artículo.

Suspensión Parcial — 19 Países

  • Angola
  • Antigua y Barbuda
  • Benín
  • Burundi
  • Costa de Marfil
  • Cuba
  • Dominica
  • Gabón
  • Gambia
  • Malaui
  • Mauritania
  • Nigeria
  • Senegal
  • Tanzania
  • Togo
  • Tonga
  • Venezuela
  • Zambia
  • Zimbabue

Para estos países, la suspensión cubre las visas de visitante B-1/B-2, las visas de estudiante e intercambio F, M y J, y todas las categorías de visa de inmigrante. Otras categorías de no inmigrante, como las visas de trabajo H-1B o L-1, quedan fuera de esta proclamación.

Algunos ciudadanos de esta lista, incluidos los de Haití y Venezuela, pueden tener además un Estatus de Protección Temporal (TPS), que opera bajo su propio marco legal y no compensa esta suspensión.

Turkmenistán: La Excepción de Una Sola Categoría

Turkmenistán es el único país donde la suspensión alcanza solo a las visas de inmigrante, dejando intacta cada categoría de no inmigrante.

Esa cuenta — 19 con suspensión total, 19 con suspensión parcial y la regla de una sola categoría de Turkmenistán — suma los 39 países nombrados en la proclamación; los titulares de documentos de viaje de la Autoridad Palestina se cuentan por separado de ese total.

INMIGRACIÓN FAMILIAR

Qué Pasa con una Petición Familiar Pendiente

USCIS puede seguir aprobando una Petición de Familiar Extranjero (Formulario I-130) para un pariente de cualquiera de los 39 países, ya que la aprobación solo confirma la relación familiar calificada.

El caso pasa luego al Centro Nacional de Visas para la recopilación de documentos y tarifas, y finalmente a una entrevista consular, donde el oficial debe aplicar la proclamación.

Aquí es donde el marco de 2026 se aparta claramente de su antecesor: la Proclamación 10949 contemplaba una excepción para las categorías de familiar inmediato — visas de cónyuge IR-1/CR-1, de hijos IR-2/CR-2 y de padres IR-5 — y la Proclamación 10998 eliminó esa excepción para los ciudadanos de los 19 países con suspensión total.

Un oficial consular puede seguir programando y realizando la entrevista, pero por lo general debe denegar la visa a menos que aplique una excepción categórica o una excepción de interés nacional discrecional.

El oficial no tiene discreción para ignorar la proclamación una vez que aplica a un solicitante determinado; el Manual de Asuntos Exteriores (FAM) instruye al personal consular a aplicarla tal como está escrita, por lo que la excepción debe construirse en el caso antes de la entrevista, no argumentarse después.

Presentar el Caso Sin una Estrategia Específica por País
Presentar el Caso Con una Estrategia Consciente de las Exenciones
Asumir que un I-130 aprobado garantiza una entrevista programada
Confirmar desde el inicio si aplica una excepción categórica — doble nacionalidad, una SIV, o una visa de inmigrante por minoría religiosa iraní
Tratar una denegación consular como el final del caso
Preparar evidencia de dificultad excesiva e interés nacional antes de la entrevista, ya que la revisión discrecional ocurre en esa etapa
Asumir que una visa emitida antes de 2026 garantiza la admisión
Preparar al viajero para la revisión independiente de admisibilidad que hace la CBP en el puerto de entrada

Fuente: Departamento de Estado de EE. UU., Suspensión de la Emisión de Visas a Ciudadanos Extranjeros para Proteger la Seguridad de Estados Unidos.

UN CASO REAL

Una Cónyuge Venezolana Cuyo I-130 Fue Aprobado, Dos Veces

Un ciudadano estadounidense vino a mi oficina en la primavera de 2026 con un I-130 ya aprobado para su esposa en Venezuela.

Él asumió que la aprobación significaba que la visa de inmigrante llegaría en unos meses, tal como había ocurrido con el caso de su hermano en 2019.

Revisé el expediente y confirmé que Venezuela está en la lista de suspensión parcial, la cual cubre todas las categorías de visa de inmigrante, incluidas las visas de cónyuge IR-1.

Ninguna excepción categórica aplicaba a su caso, así que preparé una solicitud de excepción de interés nacional basada en su condición médica documentada y en los cinco años de matrimonio continuo de la pareja.

La sección consular programó la entrevista y consideró la solicitud de excepción en esa misma etapa, tal como lo permite la proclamación; al momento de escribir esto, la decisión seguía pendiente.

Le dije con claridad que una entrevista programada no es un resultado garantizado, y que el tiempo de espera no lo controla ninguno de los dos.

Qué Hacer Ahora

Confirmar qué nivel aplica a la nacionalidad del beneficiario: suspensión total, suspensión parcial, o la regla de Turkmenistán.
Verificar si aplica una excepción categórica: visas diplomáticas u oficiales, una visa de inmigrante por minoría religiosa iraní, doble nacionalidad con un pasaporte no restringido, ciertas Visas de Inmigrante Especial, o estatus de residente permanente legal.
Si no aplica ninguna excepción categórica, preparar una solicitud de excepción de interés nacional con evidencia de respaldo antes de la entrevista, no después de una denegación.
Continuar un caso de I-130 o de visa de inmigrante ya presentado en lugar de retirarlo; la aprobación conserva la fecha de prioridad aunque la emisión esté suspendida.
Confirmar que cualquier visa emitida antes del 1 de enero de 2026 sigue siendo válida, y preparar al viajero para una revisión de admisibilidad independiente por parte de la CBP en el puerto de entrada.
Consultar con un abogado de inmigración antes de finalizar planes de viaje o decisiones de presentación de casos, dado cuánto depende el resultado de una revisión discrecional.

EL CAMINO A SEGUIR

Excepciones, Exenciones y los Límites de la Autoridad del Presidente

Los residentes permanentes legales generalmente están exentos de las suspensiones geográficas de la Proclamación 10998, y quienes tienen doble nacionalidad a menudo pueden solicitar usando un pasaporte de un país no sujeto a la orden.

Las visas diplomáticas y oficiales A y G siguen exentas, al igual que las Visas de Inmigrante Especial para exempleados del gobierno de EE. UU. bajo el 8 U.S.C. § 1101(a)(27)(D).

Para los solicitantes fuera de estas categorías, el único camino restante es una excepción de interés nacional discrecional, decidida caso por caso por el Secretario de Estado, el Secretario de Seguridad Nacional o el Fiscal General, sin un formulario separado y sin un plazo de procesamiento publicado.

La aprobación no es el resultado por defecto, y en nuestra oficina tratamos cada una de estas solicitudes como algo genuinamente incierto, no como un trámite más.

Construir ese expediente sigue la misma disciplina probatoria que cualquier otra exención de inadmisibilidad que preparamos en nuestra oficina.

Una Base Legal Separada: La Suspensión de Entrada por Ébola

Independientemente de las proclamaciones de restricciones de viaje, una orden de los CDC suspende la entrada de cualquier persona que haya estado en la República Democrática del Congo, Uganda o Sudán del Sur en los últimos 21 días, el período máximo de incubación del Ébola.

Esa orden se basa en la Sección 361 de la Ley del Servicio de Salud Pública, codificada en el 42 U.S.C. § 264, y no en la Sección 212(f) — y se aplica a los residentes permanentes legales, aunque la restricción de viaje geográfica generalmente no lo hace.

Los ciudadanos y nacionales estadounidenses no tienen prohibida la entrada, pero deben llegar por uno de un número reducido de aeropuertos designados, incluido el Aeropuerto de Washington Dulles, para una revisión de salud reforzada.

Las aerolíneas hacen cumplir todo esto en la puerta de embarque: el Programa de Enlace con Transportistas de la CBP emite boletines que indican a las aerolíneas a qué pasajeros no se les debe permitir abordar un vuelo con destino a EE. UU.

Los desafíos legales sobre cómo se aplica la proclamación en un caso específico siguen siendo posibles, pero el estándar de amplia deferencia de Trump v. Hawaii los hace difíciles de ganar. Para la mayoría de los solicitantes, una solicitud de excepción de interés nacional bien documentada es un camino más rápido que el litigio.

Referencias

  1. Proclamación Presidencial 10998, Restricting and Limiting the Entry of Foreign Nationals to Protect the Security of the United States (16 de diciembre de 2025)
  2. 8 U.S.C. § 1182(f), Cornell Legal Information Institute
  3. Trump v. Hawaii, 585 U.S. ___ (2018), opinión de la Corte Suprema
  4. Departamento de Estado de EE. UU., New Visa Restriction Policy to Deter and Dismantle Cyberscams and Sextortion (julio de 2026)
  5. Departamento de Estado de EE. UU., Suspension of Visa Issuance to Foreign Nationals to Protect the Security of the United States
  6. 8 U.S.C. § 1101(a)(27)(D), Cornell Legal Information Institute
  7. CDC, What Travelers Need to Know About Returning to the United States from DRC, Uganda, and South Sudan
  8. 42 U.S.C. § 264 (Sección 361 de la Ley del Servicio de Salud Pública), Cornell Legal Information Institute
  9. CBP, Carrier Liaison Program Bulletin — Restricting Entry

Confirme en Qué Punto Está su Caso Antes de Presentarlo o Viajar

Qué nivel aplica, si encaja alguna excepción, y cómo documentar una solicitud de excepción de interés nacional son preguntas específicas de cada caso con consecuencias reales.

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Este artículo tiene fines meramente informativos y no constituye asesoría legal. Consulte a un abogado de inmigración calificado antes de tomar cualquier acción. · Última verificación: 5 de agosto de 2026 · Revisado por: Kathia Quirós, Abogada de Inmigración · GWP Immigration Law

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